Artículo 3360 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3360.- En general son aplicables a la anticresis las disposiciones conducentes de la prenda o de la hipoteca, según los casos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.