Artículo 3362 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3362.- Censo enfitéutico es el derecho que una persona adquiere de percibir cierta pensión anual, por entrega que hace a otra del dominio útil de una cosa inmueble para que la disfrute. El que recibe la pensión se llama dueño, y el que la paga enfiteuta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.