Artículo 1637 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1637.- Si el comprador quiere sostener el contrato, puede exigir la reducción del precio en proporción a la falta, debiendo aumentarlo en proporción al exceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.