Artículo 2154 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2154.- Las condiciones de este contrato se regularán por la voluntad de los interesados; pero a falta del convenio se observará la costumbre general del lugar, salvo las siguientes disposiciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.