Artículo 2227 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2227.- Puede ser objeto de fianza la obligación nacida de la fianza misma.
Esta operación se denomina subfianza, y quien otorga la segunda garantía, lleva el nombre de subfiador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.