Artículo 2408 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2408.- La constitución de la hipoteca, en los casos a que se refieren las fracción II y III del artículo anterior, puede ser pedida por el curador del incapacitado por los parientes de éste sin limitación de grado o por el Ministerio Público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.