Artículo 2522 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2522.- El Reglamento establecerá el sistema conforme al cual deban llevarse los libros del registro y extenderse los asientos.
La inscripción de cada finca será de dominio o de posesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.