Artículo 33 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
33.- El domicilio es el lugar que se fija a las personas para el normal cumplimiento de sus obligaciones y para el ejercicio de sus derechos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.