Artículo 593 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
593.- Toda disposición en favor de persona incierta o sobre bien que no pueda ser identificado, no producirá efectos, a menos que debido a algún evento pueda transformarse en cierta la persona o identificarse el bien.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.