Artículo 629 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
629.- Si el bien mencionado existe en la herencia, pero no en la cantidad y número designados, tendrá derecho el legatario a lo que hubiere.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.