Artículo 763 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
763.- El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el ejemplar depositado e inscrito o el duplicado, en su caso, estuviere roto o la cubierta que los cubre resultare abierta, rota, alterada, falsificada o inutilizada por cualquier otro medio, o las firmas que lo autoricen aparecieren borradas, raspadas o con enmendaduras, aún cuando el contenido del testamento no sea vicioso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.