Código Civil estatal

Artículo 988 de Código Civil del Estado de Zacatecas

Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

988.- Para que el acto jurídico sea válido, supuesta su existencia, se requieren:

I.- La capacidad en el autor o autores del acto;

II.- La ausencia de vicios en la voluntad;

III.- La forma, cuando la ley, así lo exija; y IV.- La licitud en el objeto, motivo, fin o condición del acto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 988 de Código Civil del Estado de Zacatecas?

988.- Para que el acto jurídico sea válido, supuesta su existencia, se requieren: I.- La capacidad en el autor o autores del acto; II.- La ausencia de vicios en la voluntad; III.- La forma, cuando la ley, así lo exija;…

¿Está vigente el artículo 988?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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