El artículo 1062 del Código Civil Federal se refiere a las cosas que son consideradas "aparentes". Estas son aquellas que se muestran a través de obras o signos exteriores, lo que significa que son visibles y están dispuestas para ser utilizadas y aprovechadas por las personas.
En otras palabras, si algo está claramente señalado o construido de tal manera que se puede ver y utilizar, se clasifica como aparente. Esto puede incluir, por ejemplo, propiedades, instalaciones o cualquier objeto que esté diseñado para ser accesible y funcional.
- Las cosas aparentes son visibles.
- Se anuncian a través de obras o signos exteriores.
- Están dispuestas para el uso y aprovechamiento.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.