Código federal

Artículo 1097 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1097.- El propietario de una finca o heredad enclavada entre otras ajenas sin salida a la vía pública, tiene derecho de exigir paso, para el aprovechamiento de aquéllas por las heredades vecinas, sin que sus respectivos dueños puedan reclamarle otra cosa que una indemnización equivalente al perjuicio que les ocasione este gravamen.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El propietario de una finca que se encuentra rodeada por otras propiedades y que no tiene acceso a la vía pública, tiene el derecho de solicitar un paso a través de las propiedades vecinas. Este derecho se establece para que el propietario pueda aprovechar su terreno de manera adecuada.

Los dueños de las propiedades adyacentes no pueden negarse a este derecho, pero sí pueden exigir una compensación económica por el daño que les pueda causar permitir el paso. Esta compensación se refiere a un perjuicio que pueda derivarse de este gravamen.

  • Derecho de paso para propietarios de fincas enclavadas.
  • Indemnización por el perjuicio causado a los vecinos.
  • Los dueños vecinos no pueden negar el acceso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1097 de Código Civil Federal?

El propietario de una finca o heredad enclavada entre otras ajenas sin salida a la vía pública, tiene derecho de exigir paso, para el aprovechamiento de aquéllas por las heredades vecinas, sin que sus respectivos dueños…

¿Está vigente el artículo 1097?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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