El artículo 1111 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un predio tiene varios propietarios. En este contexto, establece que no se pueden imponer servidumbres, que son derechos que permiten a una persona usar parte de la propiedad de otra, a menos que todos los propietarios den su consentimiento.
Esto significa que si hay más de un dueño de un terreno, todos deben estar de acuerdo para que se pueda establecer una servidumbre. Sin el consentimiento de todos, no se puede llevar a cabo esta imposición.
- Varios propietarios de un predio.
- Consentimiento necesario para imponer servidumbres.
- Sin acuerdo, no se puede establecer la servidumbre.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.