El artículo 1176 del Código Civil Federal establece que el tiempo para que se produzca la prescripción se cuenta en años. Esto significa que, para que una acción legal o derecho se considere extinguido por el paso del tiempo, se debe esperar un periodo de años y no se toma en cuenta el tiempo de forma continua o de momento a momento.
Sin embargo, hay excepciones a esta regla. La ley puede establecer casos específicos en los que el tiempo de prescripción se cuente de manera diferente, pero esto debe estar expresamente indicado en la normativa correspondiente.
- El tiempo de prescripción se mide en años.
- No se cuenta de momento a momento.
- Existen excepciones que deben estar claramente indicadas por la ley.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.