Código federal

Artículo 1178 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1178.- Cuando la prescripción se cuente por días, se entenderán éstos de veinticuatro horas naturales, contadas de las veinticuatro a las veinticuatro.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1178 del Código Civil Federal se refiere a cómo se cuentan los días en el contexto de la prescripción. La prescripción es un mecanismo legal que permite adquirir derechos o extinguir obligaciones tras un cierto periodo de tiempo.

En este caso, cuando se menciona que la prescripción se cuenta por días, se aclara que cada día se considera como un periodo de veinticuatro horas naturales. Esto significa que el conteo comienza a las 00:00 horas y finaliza a las 23:59 horas del mismo día.

  • Los días se cuentan de forma natural.
  • El conteo inicia a las 00:00 horas y termina a las 23:59 horas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1178 de Código Civil Federal?

Cuando la prescripción se cuente por días, se entenderán éstos de veinticuatro horas naturales, contadas de las veinticuatro a las veinticuatro.

¿Está vigente el artículo 1178?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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