El artículo 1181 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1948. Esto implica que cualquier disposición o norma que se encontraba en este artículo ya no se aplica y no puede ser invocada en situaciones legales.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización o modificación de la ley, buscando adaptarla a nuevas realidades o necesidades sociales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.