El artículo 1185 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1948. Esto implica que cualquier disposición o norma que se encontraba en este artículo ya no se aplica y no puede ser invocada en situaciones legales.
Es importante entender que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización o reforma de la ley, buscando adaptarse a nuevas realidades sociales o jurídicas.
- El artículo 1185 ya no es aplicable.
- Su derogación fue oficializada en 1948.
- La derogación puede reflejar cambios en la legislación.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.