Código federal

Artículo 1301 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1301.- Las disposiciones hechas a título universal o particular no tienen ningún efecto cuando se funden en una causa expresa, que resulte errónea, si ha sido la única que determinó la voluntad del testador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1301 del Código Civil Federal se refiere a las disposiciones testamentarias, es decir, a lo que una persona decide dejar en su testamento. Establece que si alguien hace una disposición de sus bienes, ya sea de manera universal (todas sus propiedades) o particular (solo algunos bienes específicos), esta no tendrá validez si se basa en una causa que resulta ser incorrecta y si esa causa fue la única razón que llevó a la persona a tomar esa decisión.

  • Las disposiciones testamentarias pueden ser universales o particulares.
  • Si la causa de la disposición es errónea, no tendrá efecto.
  • La causa errónea debe ser la única motivación del testador.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1301 de Código Civil Federal?

El artículo 1301 del Código Civil Federal se refiere a las disposiciones testamentarias, es decir, a lo que una persona decide dejar en su testamento. Establece que si alguien hace una disposición de sus bienes, ya sea de manera universal (todas sus propiedades) o particular…

¿Está vigente el artículo 1301?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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