Código federal

Artículo 1334 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1334.- Para que el heredero pueda suceder, basta que sea capaz al tiempo de la muerte del autor de la herencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1334 del Código Civil Federal se refiere a la capacidad del heredero para recibir una herencia. Establece que la única condición necesaria para que una persona pueda convertirse en heredero es que sea capaz en el momento de la muerte del autor de la herencia. Esto significa que, si la persona tiene la capacidad legal para heredar en ese momento, podrá recibir los bienes y derechos que se le dejen.

  • La capacidad del heredero se evalúa al momento de la muerte del autor de la herencia.
  • No se requieren otras condiciones adicionales para la sucesión.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1334 de Código Civil Federal?

Para que el heredero pueda suceder, basta que sea capaz al tiempo de la muerte del autor de la herencia.

¿Está vigente el artículo 1334?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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