Código federal

Artículo 1390 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1390.- Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda identificarse será nula, a menos que por algún evento puedan resultar ciertas.

CAPITULO VII De los Legados

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1390 del Código Civil Federal establece que cualquier disposición que se haga a favor de una persona que no se puede identificar o sobre un objeto que no se puede reconocer es considerada nula. Sin embargo, hay una excepción: si ocurre algún evento que permita identificar a la persona o el objeto, entonces la disposición puede ser válida.

  • Las disposiciones deben ser claras en cuanto a la persona o cosa involucrada.
  • La nulidad aplica si no se puede identificar a la persona o cosa en el momento de la disposición.
  • Un evento futuro puede permitir que la disposición sea válida si se logra identificar a la persona o cosa.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1390 de Código Civil Federal?

Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda identificarse será nula, a menos que por algún evento puedan resultar ciertas. CAPITULO VII De los Legados

¿Está vigente el artículo 1390?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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