Código federal

Artículo 1392 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1392.- El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El legado es una figura jurídica que se refiere a la transmisión de bienes o derechos en un testamento. Según el artículo 1392 del Código Civil Federal, el legado puede abarcar dos aspectos principales:

  • La entrega de una cosa específica, como un objeto o propiedad.
  • La realización de un hecho o la prestación de un servicio determinado.

Esto significa que, al hacer un legado, no solo se puede dejar un bien material, sino también comprometerse a realizar alguna acción o servicio en beneficio de otra persona. Esta flexibilidad permite que el testador exprese su voluntad de diversas maneras al momento de distribuir sus bienes y derechos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1392 de Código Civil Federal?

El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio.

¿Está vigente el artículo 1392?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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