Código federal

Artículo 1523 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1523.- En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquélla persona rubricó y firmó en su nombre y ésta firmará en la cubierta con los testigos y el Notario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1523 del Código Civil Federal se refiere al proceso de presentación de un testamento cerrado. En este contexto, se menciona que la persona que ha rubricado y firmado en nombre del testador debe estar presente junto con él al momento de presentar el testamento. Durante esta presentación, el testador debe declarar que dicha persona actuó en su nombre al rubricar y firmar el documento.

Además, esta persona también debe firmar en la cubierta del testamento, junto con los testigos y el Notario, lo que asegura la validez del acto. Este procedimiento es importante para garantizar que el testamento se presente de manera formal y con la debida legalidad.

  • La persona que firma en nombre del testador debe estar presente.
  • El testador declara la actuación de esta persona.
  • Se requiere la firma de testigos y del Notario.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1523 de Código Civil Federal?

En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquélla persona rubricó y…

¿Está vigente el artículo 1523?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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