Código federal

Artículo 1525 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1525.- El testador, al hacer la presentación, declarará que en aquel pliego está contenida su última voluntad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1525 del Código Civil Federal se refiere a la acción que debe realizar una persona al redactar su testamento. En este contexto, el testador, que es quien hace el testamento, tiene la responsabilidad de declarar que el documento que presenta contiene su última voluntad.

  • El testador debe hacer una declaración clara al presentar el testamento.
  • Es fundamental que el pliego refleje lo que realmente desea expresar sobre la distribución de sus bienes.

Esta declaración es un paso importante para asegurar que el testamento sea reconocido y respetado en el futuro, ya que establece la intención del testador de que ese documento es su última voluntad.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1525 de Código Civil Federal?

El testador, al hacer la presentación, declarará que en aquel pliego está contenida su última voluntad.

¿Está vigente el artículo 1525?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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