Código federal

Artículo 1572 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1572.- El testamento privado necesita, además, para su validez, que se haga la declaración a que se refiere el artículo 1575, teniendo en cuenta las declaraciones de los testigos que firmaron u oyeron, en su caso, la voluntad del testador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El testamento privado es un documento donde una persona expresa su voluntad sobre la distribución de sus bienes después de su fallecimiento. Para que este tipo de testamento sea válido, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Uno de ellos es la declaración mencionada en el artículo 1575 del mismo código.

Además, es importante considerar las declaraciones de los testigos que firmaron el testamento o que escucharon la voluntad del testador. Esto asegura que la intención del testador sea clara y respaldada por personas que puedan atestiguar su contenido.

  • El testamento privado debe cumplir con requisitos específicos para ser válido.
  • Se requiere una declaración adicional según el artículo 1575.
  • Las declaraciones de testigos son fundamentales para validar la voluntad del testador.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1572 de Código Civil Federal?

El testamento privado necesita, además, para su validez, que se haga la declaración a que se refiere el artículo 1575, teniendo en cuenta las declaraciones de los testigos que firmaron u oyeron, en su caso, la voluntad…

¿Está vigente el artículo 1572?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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