El artículo 1620 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico mexicano. Esta derogación se formalizó mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2013.
Antes de su derogación, este artículo había sido reformado el 28 de mayo de 1998. La derogación implica que cualquier disposición que contenía este artículo ya no es considerada en la legislación actual.
- El artículo ya no es aplicable.
- Su derogación se oficializó en 2013.
- Había sido reformado anteriormente en 1998.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.