El artículo 1630 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona fallece y no deja descendientes directos, como hijos. En este caso, si solo hay hermanos por ambas líneas familiares, es decir, hermanos del lado materno y del lado paterno, estos heredarán de manera equitativa.
- Los hermanos comparten la herencia en partes iguales.
- Se considera a los hermanos de ambos padres en la sucesión.
Esto significa que, independientemente de si los hermanos son del padre o de la madre, todos tienen el mismo derecho a recibir una porción de la herencia. La igualdad en la distribución busca asegurar que todos los hermanos sean tratados de manera justa en el proceso de sucesión.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.