Código federal

Artículo 1706 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1706.- Son obligaciones del albacea general:

I. La presentación del testamento;

II. El aseguramiento de los bienes de la herencia;

III. La formación de inventarios;

IV. La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;

V. El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;

VI. La partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;

VII. La defensa, en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento;

VIII. La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren en contra de ella;

IX. Las demás que le imponga la ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El albacea general tiene varias obligaciones importantes que debe cumplir tras el fallecimiento de una persona. Estas responsabilidades son fundamentales para asegurar que la herencia se maneje de manera adecuada y conforme a la ley.

  • Presentar el testamento.
  • Asegurar los bienes de la herencia.
  • Formar inventarios de los bienes.
  • Administrar los bienes y rendir cuentas sobre su gestión.
  • Pagar las deudas relacionadas con la herencia.
  • Realizar la partición y adjudicación de los bienes entre herederos y legatarios.
  • Defender la herencia y la validez del testamento en juicios.
  • Representar a la sucesión en juicios.
  • Cumplir con otras obligaciones que la ley establezca.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1706 de Código Civil Federal?

Son obligaciones del albacea general: I. La presentación del testamento; II. El aseguramiento de los bienes de la herencia; III. La formación de inventarios; IV. La administración de los bienes y la rendición de las…

¿Está vigente el artículo 1706?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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