El artículo 1732 del Código Civil Federal establece que las personas que actúan como interventores deben cumplir con dos requisitos fundamentales: ser mayores de edad y tener la capacidad legal para obligarse. Esto significa que solo aquellas personas que han alcanzado la mayoría de edad, según la ley, pueden desempeñar este papel.
Además, la capacidad de obligarse implica que el interventor debe tener la habilidad legal para asumir compromisos y responsabilidades. Estos requisitos son importantes para garantizar que los interventores puedan actuar de manera efectiva y responsable en las situaciones que se les presenten.
- Los interventores deben ser mayores de edad.
- Deben tener capacidad para obligarse legalmente.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.