El artículo 174 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Esta derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1994. Antes de su derogación, este artículo había sido reformado el 31 de diciembre de 1974.
La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y no pueden ser invocadas en situaciones legales. Esto puede ocurrir por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar normas para adaptarse a nuevas realidades sociales.
- El artículo 174 fue reformado en 1974.
- Fue derogado en 1994.
- Ya no tiene validez legal.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.