Código federal

Artículo 1742 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1742.- El albacea tiene derecho de elegir entre lo que le deja el testador por el desempeño del cargo y lo que la ley le concede por el mismo motivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El albacea es la persona designada por el testador para cumplir con las disposiciones de su testamento. Según el artículo 1742 del Código Civil Federal, el albacea tiene la facultad de decidir entre dos opciones respecto a su compensación por el trabajo que realiza. Por un lado, puede optar por lo que el testador ha dejado específicamente para él en el testamento. Por otro lado, también puede elegir lo que la ley establece como compensación para el albacea por desempeñar su cargo.

  • El albacea puede elegir su compensación.
  • Las opciones son lo que deja el testador o lo que la ley concede.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1742 de Código Civil Federal?

El albacea tiene derecho de elegir entre lo que le deja el testador por el desempeño del cargo y lo que la ley le concede por el mismo motivo.

¿Está vigente el artículo 1742?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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