Código federal

Artículo 1745 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1745.- Los cargos de albacea e interventor, acaban:

I. Por el término natural del encargo;

II. Por muerte;

III. Por incapacidad legal, declarada en forma;

IV. Por excusa que el juez califique de legítima, con audiencia de los interesados y del Ministerio Público, cuando se interesen menores o la Beneficencia Pública;

V. Por terminar el plazo señalado por la ley y las prórrogas concedidas para desempeñar el cargo;

VI. Por revocación de sus nombramientos, hecha por los herederos;

VII. Por remoción.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1745 del Código Civil Federal establece las circunstancias bajo las cuales terminan los cargos de albacea e interventor. Estos son roles importantes en la administración de una herencia o bienes de una persona fallecida.

  • Finalización natural del encargo.
  • Muerte del albacea o interventor.
  • Incapacidad legal, que debe ser declarada formalmente.
  • Excusa aceptada por el juez, tras escuchar a los interesados y al Ministerio Público, especialmente si hay menores o la Beneficencia Pública involucrados.
  • Conclusión del plazo establecido por la ley o las prórrogas otorgadas.
  • Revocación de nombramientos por parte de los herederos.
  • Remoción del cargo.

Estos puntos son esenciales para entender cómo y cuándo un albacea o interventor deja de ejercer sus funciones. Cada situación debe ser evaluada conforme a la ley.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1745 de Código Civil Federal?

Los cargos de albacea e interventor, acaban: I. Por el término natural del encargo; II. Por muerte; III. Por incapacidad legal, declarada en forma; IV. Por excusa que el juez califique de legítima, con audiencia de los…

¿Está vigente el artículo 1745?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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