El artículo 1850 del Código Civil Federal se refiere a las obligaciones indivisibles. Estas son aquellas que no pueden ser cumplidas en partes, es decir, deben ser cumplidas en su totalidad por una o varias personas. Para entender cómo se manejan estas obligaciones, se debe considerar lo que establece el artículo 2007, que proporciona detalles sobre la naturaleza y el cumplimiento de estas obligaciones.
- Las obligaciones indivisibles requieren un cumplimiento total.
- El artículo 2007 complementa la información sobre cómo se gestionan estas obligaciones.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.