Código federal

Artículo 2015 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2015.- En las enajenaciones de alguna especie indeterminada, la propiedad no se transferirá sino hasta el momento en que la cosa se hace cierta y determinada con conocimiento del acreedor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2015 del Código Civil Federal se refiere a la transferencia de propiedad en casos de enajenaciones de bienes que no están claramente definidos. Esto significa que, cuando se vende algo que no se puede identificar de manera específica, la propiedad de ese bien no se transfiere al comprador hasta que se haga claro y específico qué es lo que se está vendiendo.

Además, es importante que el acreedor tenga conocimiento de esta especificación. Esto asegura que ambas partes estén al tanto de lo que realmente se está transfiriendo en la transacción.

  • La propiedad se transfiere solo cuando el bien es específico.
  • El acreedor debe conocer la especificidad del bien.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2015 de Código Civil Federal?

En las enajenaciones de alguna especie indeterminada, la propiedad no se transferirá sino hasta el momento en que la cosa se hace cierta y determinada con conocimiento del acreedor.

¿Está vigente el artículo 2015?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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