Código federal

Artículo 2026 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2026.- Si fueren varios los obligados a prestar la misma cosa, cada uno de ellos responderá, proporcionalmente, exceptuándose en los casos siguientes:

I. Cuando cada uno de ellos se hubiere obligado solidariamente;

II. Cuando la prestación consistiere en cosa cierta y determinada que se encuentre en poder de uno de ellos, o cuando dependa de hecho que sólo uno de los obligados pueda prestar;

III. Cuando la obligación sea indivisible;

IV. Cuando por el contrato se ha determinado otra cosa.

CAPITULO VI De las Obligaciones de Hacer o de no Hacer

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2026 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que hay varias personas obligadas a entregar la misma cosa. En general, cada uno de ellos será responsable de una parte proporcional de la obligación. Sin embargo, hay excepciones a esta regla.

  • Obligación solidaria: Si todos se han comprometido a cumplir la obligación de manera solidaria.
  • Cosa cierta y determinada: Si la cosa está en poder de uno de ellos o si solo uno puede cumplir con la obligación.
  • Obligación indivisible: Cuando la obligación no puede dividirse entre los obligados.
  • Contrato específico: Si el contrato establece condiciones diferentes.

Estas excepciones permiten que en ciertas circunstancias, la responsabilidad no se divida de manera proporcional entre los obligados.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2026 de Código Civil Federal?

Si fueren varios los obligados a prestar la misma cosa, cada uno de ellos responderá, proporcionalmente, exceptuándose en los casos siguientes: I. Cuando cada uno de ellos se hubiere obligado solidariamente; II. Cuando…

¿Está vigente el artículo 2026?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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