Código federal

Artículo 2032 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2032.- La cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio, salvo aquellos que son inseparables de la persona del cedente.

Los intereses vencidos se presume que fueron cedidos con el crédito principal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La cesión de un crédito implica que se transfieren todos los derechos que están relacionados con ese crédito. Esto incluye derechos como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio. Sin embargo, hay ciertos derechos que no se pueden ceder porque están íntimamente ligados a la persona que originalmente tenía el crédito, conocida como el cedente.

Además, se establece que los intereses que ya han vencido se consideran automáticamente cedidos junto con el crédito principal, lo que significa que el nuevo acreedor también tiene derecho a esos intereses.

  • La cesión incluye derechos accesorios como fianza, hipoteca, prenda y privilegio.
  • Existen derechos inseparables de la persona del cedente que no se pueden ceder.
  • Los intereses vencidos se consideran cedidos con el crédito principal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2032 de Código Civil Federal?

La cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio, salvo aquellos que son inseparables de la persona del cedente. Los intereses vencidos se presume que…

¿Está vigente el artículo 2032?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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