Código federal

Artículo 2103 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2103.- Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los gastos serán de cuenta del acreedor.

Incumplimiento de las obligaciones Fe de erratas al epígrafe DOF 21-12-1928 CAPITULO I Consecuencias del Incumplimiento de las Obligaciones

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2103 del Código Civil Federal establece que, cuando se realiza un ofrecimiento y una consignación de manera legal, todos los gastos que se generen serán responsabilidad del acreedor. Esto significa que si una persona debe cumplir con una obligación y realiza un ofrecimiento formal para cumplirla, así como la consignación de lo que debe, los costos asociados a estos actos no serán asumidos por el deudor, sino por el acreedor.

  • El ofrecimiento y la consignación deben ser legales.
  • Los gastos generados son responsabilidad del acreedor.
  • Se aplica en el contexto del incumplimiento de obligaciones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2103 de Código Civil Federal?

Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los gastos serán de cuenta del acreedor. Incumplimiento de las obligaciones Fe de erratas al epígrafe DOF 21-12-1928 CAPITULO I Consecuencias del…

¿Está vigente el artículo 2103?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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