Código federal

Artículo 2207 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2207.- La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2207 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un acreedor o deudor solidario se convierte en la misma persona. En este caso, la confusión de derechos y obligaciones solo afecta a la parte proporcional del crédito o de la deuda que tiene esa persona.

  • La confusión ocurre cuando el acreedor y el deudor son la misma persona.
  • Los efectos de esta confusión se limitan a la parte proporcional de la deuda o crédito.
  • No se extingue la totalidad de la obligación, solo la parte correspondiente.

Esto significa que, aunque haya una confusión, las obligaciones no desaparecen por completo, sino que se reducen a la proporción que le corresponde a esa persona en su rol de acreedor o deudor.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2207 de Código Civil Federal?

La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda.

¿Está vigente el artículo 2207?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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