La novación es un concepto legal que se refiere a la sustitución de una obligación por otra, ya sea modificando el objeto o la persona que debe cumplirla. El artículo 2215 del Código Civil Federal establece que la novación no se asume automáticamente; es decir, no se puede dar por hecha sin una prueba clara de que ha ocurrido.
Para que se reconozca una novación, es necesario que quede expresamente documentada. Esto significa que debe haber un acuerdo claro entre las partes involucradas que indique que se ha realizado un cambio en la obligación original.
- La novación no se presume.
- Debe constar de manera expresa.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.