El artículo 2275 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal.
La derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974. Esto indica que, desde esa fecha, cualquier referencia a este artículo en el contexto legal es irrelevante.
- El artículo 2275 ya no es parte de la legislación vigente.
- Su derogación se formalizó en 1974.
- No se pueden aplicar disposiciones de este artículo en la actualidad.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.