El artículo 2281 del Código Civil Federal establece una prohibición específica para los peritos y corredores. Estos profesionales no pueden adquirir los bienes en los que han participado durante su venta. Esta norma busca evitar conflictos de interés y asegurar la transparencia en las transacciones.
- Los peritos son expertos que evalúan o valoran bienes.
- Los corredores actúan como intermediarios en la venta de bienes.
- La prohibición se aplica a cualquier bien en el que hayan intervenido.
La finalidad de esta disposición es proteger la confianza en el proceso de venta y garantizar que las decisiones se tomen de manera objetiva y justa.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.