Código federal

Artículo 2352 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2352.- No obstante lo dispuesto en el artículo que precede, el donatario queda subrogado en todos los derechos del donante si se verifica la evicción.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2352 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona recibe un bien como donación. En caso de que el donatario, es decir, quien recibe la donación, enfrente una evicción, se establece que este tendrá derecho a asumir todos los derechos que tenía el donante sobre ese bien. La evicción ocurre cuando alguien reclama un derecho sobre el bien donado, lo que puede poner en riesgo la propiedad del donatario.

  • El donatario asume derechos del donante si hay evicción.
  • La evicción implica un reclamo sobre el bien donado.
  • Esto protege al donatario en caso de disputas legales.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2352 de Código Civil Federal?

No obstante lo dispuesto en el artículo que precede, el donatario queda subrogado en todos los derechos del donante si se verifica la evicción.

¿Está vigente el artículo 2352?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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