Código federal

Artículo 2432 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2432.- Si sólo se impide en parte el uso de la cosa, podrá el arrendatario pedir la reducción parcial de la renta, a juicio de peritos, a no ser que las partes opten por la rescisión del contrato, si el impedimento dura el tiempo fijado en el artículo anterior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2432 del Código Civil Federal se refiere a la situación en que el uso de un bien arrendado se ve parcialmente impedido. En este caso, el arrendatario tiene la opción de solicitar una reducción en la renta que paga, la cual será determinada por peritos. Sin embargo, si las partes involucradas prefieren, también pueden optar por rescindir el contrato de arrendamiento. Esta opción de rescisión es válida si el impedimento se prolonga durante el tiempo establecido en el artículo anterior.

  • El arrendatario puede pedir una reducción de la renta si el uso del bien está parcialmente impedido.
  • La reducción será evaluada por peritos.
  • Las partes pueden optar por rescindir el contrato en lugar de solicitar la reducción.
  • La opción de rescisión aplica si el impedimento dura el tiempo fijado en el artículo anterior.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2432 de Código Civil Federal?

Si sólo se impide en parte el uso de la cosa, podrá el arrendatario pedir la reducción parcial de la renta, a juicio de peritos, a no ser que las partes opten por la rescisión del contrato, si el impedimento dura el…

¿Está vigente el artículo 2432?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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