El artículo 2466 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que se alquilan muebles de forma independiente a un edificio. Esto significa que si una persona decide rentar muebles sin incluir el espacio donde se encuentran, las condiciones y términos de ese alquiler estarán sujetos a las reglas específicas que se encuentran en el capítulo correspondiente de la ley.
- Se aplica a muebles alquilados por separado del edificio.
- El alquiler de estos muebles sigue las disposiciones del capítulo mencionado.
En resumen, este artículo establece que el alquiler de muebles y el alquiler de un edificio son tratados de manera distinta en la ley, asegurando que cada tipo de alquiler tenga sus propias normas a seguir.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.