Código federal

Artículo 25 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 25.- Son personas morales:

I. La Nación, los Estados y los Municipios;

II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;

III. Las sociedades civiles o mercantiles;

IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;

V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;

VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.

VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736.

Fracción adicionada DOF 07-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 25 del Código Civil Federal define qué se considera una persona moral en México. Las personas morales son entidades que, aunque no son individuos, tienen derechos y obligaciones. Este artículo menciona varios tipos de personas morales, que incluyen:

  • La Nación, los Estados y los Municipios.
  • Corporaciones de carácter público reconocidas por la ley.
  • Sociedades civiles o mercantiles.
  • Sindicatos y asociaciones profesionales, entre otros mencionados en la Constitución Federal.
  • Sociedades cooperativas y mutualistas.
  • Asociaciones con fines políticos, científicos, artísticos, recreativos o cualquier otro fin lícito, siempre que no sean desconocidas por la ley.
  • Personas morales extranjeras de naturaleza privada, bajo ciertas condiciones.

Este artículo es fundamental para entender la estructura legal de las entidades que operan en el país.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 25 de Código Civil Federal?

Son personas morales: I. La Nación, los Estados y los Municipios; II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; III. Las sociedades civiles o mercantiles; IV. Los sindicatos, las asociaciones…

¿Está vigente el artículo 25?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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