El artículo 2659 del Código Civil Federal se refiere a la obligación del alquilador de informar sobre cualquier defecto que tenga la cabalgadura o el medio de transporte que está alquilando. Esto significa que si hay algún problema o falla en el vehículo o animal que se está rentando, el alquilador debe comunicarlo al arrendatario.
Si el alquilador no cumple con esta obligación y como resultado ocurre un daño o perjuicio, será responsable de las consecuencias. Es decir, si alguien sufre un accidente o daño debido a un defecto no informado, el alquilador deberá hacerse cargo de los daños ocasionados.
- El alquilador debe declarar defectos del medio de transporte.
- Es responsable de daños por falta de declaración.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.