La renta vitalicia es un acuerdo en el que una persona recibe pagos periódicos durante su vida. Según el artículo 2775 del Código Civil Federal, este tipo de renta puede establecerse de manera gratuita. Esto significa que no es necesario que la persona que otorga la renta reciba algo a cambio, ya sea mediante una donación o a través de un testamento.
- La renta vitalicia puede ser gratuita.
- Se puede otorgar por donación.
- También puede establecerse mediante un testamento.
Este artículo resalta la flexibilidad en la forma en que se puede constituir una renta vitalicia, permitiendo que se realice sin contraprestación económica.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.