Código federal

Artículo 2796 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2796.- La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en el del fiador, ya sea que uno u otro, en su respectivo caso, consienta en la garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La fianza es un compromiso que se establece para garantizar el cumplimiento de una obligación. Según el artículo 2796 del Código Civil Federal, la fianza puede ser constituida en beneficio no solo del deudor principal, sino también del fiador. Esto significa que la garantía puede proteger a cualquiera de las partes involucradas en la obligación.

Además, el artículo menciona que la fianza puede ser aceptada o ignorada por el fiador, e incluso puede ser objeto de contradicción. Esto implica que la voluntad de las partes puede variar en relación a la fianza, lo que ofrece flexibilidad en su aplicación.

  • La fianza puede beneficiar al deudor o al fiador.
  • El fiador puede consentir, ignorar o contradecir la fianza.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2796 de Código Civil Federal?

La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en el del fiador, ya sea que uno u otro, en su respectivo caso, consienta en la garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.

¿Está vigente el artículo 2796?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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