Código federal

Artículo 2800 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2800.- Puede también obligarse el fiador a pagar una cantidad en dinero, si el deudor principal no presta una cosa o un hecho determinado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2800 del Código Civil Federal menciona la figura del fiador, que es una persona que se compromete a cumplir con una obligación en caso de que el deudor principal no lo haga. En este contexto, el fiador puede tener la responsabilidad de pagar una suma de dinero si el deudor no entrega un bien o realiza una acción específica que se había acordado.

  • El fiador asume una obligación adicional.
  • La obligación del fiador surge solo si el deudor principal incumple.
  • El pago puede ser en dinero, dependiendo de la situación.

En resumen, este artículo establece que el fiador tiene un rol importante en garantizar el cumplimiento de las obligaciones del deudor principal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2800 de Código Civil Federal?

Puede también obligarse el fiador a pagar una cantidad en dinero, si el deudor principal no presta una cosa o un hecho determinado.

¿Está vigente el artículo 2800?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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